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Guía completa · Derecho de Familia

Relación directa y regular (el antiguo "régimen de visitas")

El derecho de los hijos a mantener un vínculo con el padre o madre con quien no viven. Cómo se fija, qué pasa si no se cumple y cómo modificarlo. Si necesitas ayuda, escríbeme: la primera orientación es gratis.

1. ¿Qué es la relación directa y regular?

Es un derecho y un deber del padre o madre que no tiene el cuidado personal de sus hijos, para mantener con ellos un contacto cercano, habitual y frecuente. Antes se le llamaba "derecho a visitas", pero la ley cambió el nombre a propósito: no se trata de una simple "visita", sino de sostener una relación. Y, sobre todo, es un derecho del hijo a estar cerca de ambos padres.

2. ¿Cómo se define?

De dos formas:

3. ¿Quién puede pedirla?

El padre o madre que no tiene el cuidado personal, y también los abuelos del niño o niña. Para la ley es deseable que el hijo se desarrolle en contacto directo y constante con ambos padres; solo en casos puntuales, y por resolución fundada, este derecho puede restringirse cuando el bienestar del hijo está en peligro.

4. La demanda: dónde, mediación y abogado

La demanda se presenta ante el Tribunal de Familia del domicilio del niño o niña, obligatoriamente a través de un abogado. Y un requisito clave: la relación directa y regular es materia de mediación previa obligatoria, igual que los alimentos y el cuidado personal. Solo si en la mediación no se llega a acuerdo se puede presentar la demanda. Lo mismo aplica si se quiere suspender o restringir el régimen.

5. Incumplimiento: qué hacer

Hay incumplimiento cuando el régimen ya está regulado oficialmente y no se respeta. Por ejemplo:

Ante un incumplimiento, conviene dejar constancia en Carabineros indicando los días, las horas y la forma en que se incumplió. Luego, quien sí cumple debe acudir al Tribunal de Familia y hacer valer ese incumplimiento (mediante el formulario correspondiente y acompañando las constancias).

6. Sanciones por incumplimiento

Acreditado el incumplimiento, el tribunal puede disponer:

7. Suspensión y modificación

El régimen puede suspenderse solo cuando el juez, por resolución fundada, lo determina —típicamente ante un peligro grave para el menor, con pruebas que lo respalden. Y puede modificarse (ampliarse o restringirse) mediante una demanda ante el Tribunal de Familia. Por ejemplo, un régimen fijado cuando el hijo era muy pequeño puede ampliarse ahora que ha crecido.

¿Quieres establecer o hacer cumplir una relación directa y regular? Te ayudo a proteger el vínculo con tus hijos. La primera orientación es gratis.

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Esta guía es orientación general basada en la legislación chilena vigente y puede variar según tu caso particular y reformas legales. No reemplaza una asesoría personalizada.